MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE GUÍA DE TURISMO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
LA NOTICIA NO ES NOTICIA
El pasado 11 de enero algunos periódicos digitales se hacían eco de la siguiente noticia: «Los Guías Turísticos de toda España podrán ejercer su actividad en la Comunidad Valenciana«
La noticia venía a raíz del nuevo Decreto que modifica el reglamento de Guías de Turismo de la Comunidad Valenciana, el 10/2013, recién salido del horno esta misma semana.
Pues bien, la noticia…no es noticia. O al menos no es noticia hoy, en todo caso lo fue en el 2010, cuando ya se permitió a otros guías de turismo habilitados en otras Comunidades Autónomas ejercer su profesión en Comunidad Valenciana (a través del Decreto 90/2010)
Comunidad Valenciana no es la única en permitir este libre intercambio de guías. La mayoría de las autonomías ya lo han incorporado a su normativa en los últimos años (la que no, en breve lo hará), pues es algo que viene impuesto por Europa como ya se ha comentado en otros artículos de esta página.
DECRETO 10/2013
Entonces ¿qué aporta este nuevo decreto?
En 2010, cuando se modifica el reglamento, se dice que guías de toda España podrán guiar en Comunidad Valenciana. Y estos guías deben acreditar que efectivamente se encuentran en posesión de la correspondiente habilitación en sus Comunidades de origen. PERO, tras las oportunas comprobaciones, la Conselleria (citamos textualmente) «…podrá o resolver la cancelación de la inscripción o prever medidas compensatorias para completar la formación que sanciona la habilitación obtenida en la Comunidad Autónoma de origen.«
Es decir, si querían, podían poner trabas a que el guía ejerciera finalmente su actividad. Pero ahora en 2013 se ha dicho que no, que este punto (apartado 4 del Artículo 12) debe derogarse. Por tanto, esto es justamente lo que aporta esta nueva modificación. Este decreto ahonda más en la libertad de los guías de turismo de desempeñar su actividad allí donde deseen (al margen de que esto sea bueno o malo para la profesión)
Y todo esto referido sólo a nivel nacional, no olvidemos que los guías de otros Estados de Europa también pueden guiar en España, cuestión que daría para un debate mucho más extenso.
No estoy de acuerdo con esta normativa ni me parece justa respecto a los guías en las distintas comunidades, ya que , siendo como soy guia oficial de Cantabria, no me considero una enciclopedia para poder guiar en cualquier lugar donde se requieren grandes conocimientos si una desea ser una buena profesional y no timar a sus grupos, y no creo una europea o de cualqier otra ciudad española, sepa tanto como una guia local de su comunidad.
No estoy del todo de acuerdo contigo Pilar. Yo también soy guía oficial, y para más inri, novato. Es cierto que no se pueden tener conocimientos amplísimos sobre muchos sitios, pero para eso está el sentido común de cada persona y así poder especializarse. Pero también está el factor demanda: Los guías más antiguos acaparan la mayor parte del mercado y no hay ninguna oportunidad de obtener credibilidad como guía si se es novato, como es mi caso. No me creo menos capaz que el resto, y mucho menos «timador de grupos» como mencionas, por el hecho de tener menor cantidad de conocimientos que otros guías que han aprendido con el tiempo y la experiencia. A todo esto se le llama competencia, y la que sufren los guías experimentados como tú es realmente nimia comparada con la que tenemos que sufrir los que hemos empezado hace relativamente poco. Como digo, hay que ampliar horizontes y convertirse un poco en lo que tu dices no ser, una «enciclopedia» viviente, no hay otra posibilidad. Por ello aplaudo la «no» noticia de la Comunidad Valenciana. Lo único que no aplaudo es que a pesar de anuncios como éste que nos cuentan lo que ya sabemos, aún se olvidan de regular la intrusión de gente sin habilitación ni permiso que se hace pasar por guía oficial, y eso… ya es otro tema. Un saludo
A ver si me podéis resolver una duda. En la Comunidad Valenciana, a la hora de renovar el carnet (a los 5 años) te piden que hayas realizado unos cursos de reciclaje. A los guías de otras CCAA que también pueden ejercer (tal y como comentáis, sin ningún tipo de trabas)¿también se les exigen estos cursos a la hora de renovar la habilitación? Gracias.
Buenos días,
En la Comunidad Valenciana la habilitación tenía validez de 5 años, que se renovaba si se acreditaba la asistencia a cursos de reciclaje profesional organizados por la Generalitat Valenciana, así lo indicaba en el Artículo 7 del reglamento de guías, aprobado por el Decreto 62/1996, de 25 de marzo.
Pero en 2010 se modificó dicho reglamento, y ya no es necesario renovar cada 5 años la habilitación.
ARTÍCULO 5, punto 3. «La habilitación obtenida tendrá carácter indefinido, salvo renuncia de su titular, revocación de la misma o suspensión del ejercicio de la actividad acordados por el órgano competente de conformidad con el procedimiento establecido».
No hay que confundir habilitación con acreditación. La acreditación es el documento, en formato carnet, que representa la capacitación para ejercer esa profesión, y esa acreditación (el carnet físico, vaya) sí que hay que renovarlo cada 5 años:
ARTÍCULO 6 punto 3. «La acreditación deberá renovarse, en todo caso, cada cinco años contados desde su obtención y, también, siempre que varíe cualquier dato de los que contenga»
Para saber acerca de otras Comunidades Autónomas, basta con consultar la normativa, ahí está todo!
Un saludo.
En Asturias la mayoría de las acreditaciones están en manos de gente que ni ejerece ni va a ejercer jamás, mientras somos muchos los que esperamos a que convoquen pruebas para poder ganarnos la vida y poner en marcha infinidad de proyectos en nuestra comunidad. Además, la mayoría de los que ejercen no tienen un verdadero dominio de la lengua extranjera para la que están acreditados y lo único que hacen es el ridículo. Sería bastante útil y limpiaría bastantes telas de araña, con sus arañas incluidas, la convocatoria de pruebas periodicamente o bien que se pudiese ejercer con licencias de otros sitios.
Un saludo para todos.